Si estás cursando un ciclo de Formación Profesional en Andalucía y has tenido que desplazarte para realizar tus prácticas en empresas, ¡esta información te interesa! Recientemente se han publicado las nuevas bases que regulan las ayudas económicas para compensar tus gastos de transporte.
¿A quién van dirigidas estas ayudas?
Estas subvenciones están destinadas al alumnado matriculado en centros docentes sostenidos con fondos públicos (tanto centros públicos como privados concertados).
Pueden solicitarlas quienes cursen enseñanzas de Grados D y E, lo que incluye:
- Ciclos Formativos de Grado Básico.
- Ciclos Formativos de Grado Medio.
- Ciclos Formativos de Grado Superior.
- Cursos de Especialización.
El objetivo principal es apoyar a aquellos estudiantes que han realizado el módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT) o la Fase de Formación en Empresa u Organismo Equiparado (FFEOE).
¿Cuál es la normativa que las regula?
El marco legal principal es la Orden de 15 de julio de 2026, publicada en el BOJA el 22 de julio del mismo año. Estas ayudas se enmarcan en el nuevo modelo de FP Dual y cuentan con una importante financiación de la Unión Europea a través del Fondo Social Europeo Plus (FSE+), que sufraga el 85% del coste.
Requisitos para solicitar la ayuda
Para poder optar a la subvención, debes cumplir con varios requisitos académicos, económicos y de distancia:
- Asistencia: Haber completado efectivamente las prácticas y acreditado la realización de, al menos, el 80% de las jornadas previstas.
- Distancia mínima: La empresa u organismo donde realizaste las prácticas debe estar a una distancia superior a 5 kilómetros de tu centro docente.
- Umbral de renta: La renta per cápita de tu unidad económica de convivencia no puede superar el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Se entenderá cumplido este requisito siempre que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad económica de convivencia, incluida la persona solicitante, dividida por el número de miembros que la componen, no supere el IPREM (7200 euros en los años 2025 y 2026). A efectos del cálculo se excluirán las pagas extraordinarias prorrateadas, y se incluirán como renta computable los importes correspondientes a los salarios sociales y a las rentas mínimas de inserción, aplicándose los criterios y definiciones de renta establecidos en la normativa vigente para la determinación de ayudas y subvenciones públicas
- Patrimonio: No se deben superar los umbrales de patrimonio familiar fijados anualmente por el Ministerio de Educación. Para los cursos académicos 2024-2025 y 2025-2026, los umbrales máximos de patrimonio familiar exigidos para obtener la beca del Ministerio de Educación establecen que el valor catastral de las fincas urbanas no puede superar los 42.900 euros (excluyendo la vivienda habitual), misma cifra límite aplicada a las construcciones rústicas, mientras que las fincas rústicas sin construcción tienen un tope de 13.130 euros por miembro computable. Asimismo, la suma de los rendimientos netos de capital mobiliario e intereses bancarios no debe exceder los 1.700 euros anuales, y los ingresos brutos por actividades económicas se limitan a un máximo de 155.500 euros,
- Cuenta bancaria: Debes ser titular o cotitular de la cuenta donde se reciba el pago, y esta debe estar dada de alta en el Fichero Central de Personas Acreedoras de la Junta de Andalucía.
¿Dónde se solicitan?
La tramitación es principalmente electrónica. Puedes cumplimentar y presentar tu solicitud a través de la Secretaría Virtual de los centros docentes de la Junta de Andalucía.
Si no estás obligado a relacionarte electrónicamente con la administración, también puedes presentar el formulario (Anexo I de la Orden) preferentemente en el centro docente donde estés matriculado.
Plazos previstos:
Aunque cada año habrá una convocatoria específica, para este ejercicio se han anunciado plazos excepcionales para dos cursos académicos distintos:
- Convocatoria curso 2024/2025: Se prevé que el plazo de solicitud comience a primeros de septiembre de 2026.
- Convocatoria curso 2025/2026: Se prevé que el plazo se abra durante la segunda quincena de septiembre de 2026.
En ambos casos, el plazo para presentar la documentación será de 7 días hábiles tras la publicación de la convocatoria en el BOJA.
Documentación para el curso 2024/2025 (Régimen Transitorio)
Debido a que este curso se rige por un periodo de ejecución específico, los solicitantes deben aportar obligatoriamente al centro docente:
- Acreditación de asistencia: Documentación que certifique la estancia en la empresa u organismo equiparado.
- Verificación del tutor: Este documento debe estar verificado por la persona responsable de la tutoría (laboral para FCT o dual para FFEOE) e indicar expresamente el número de jornadas realizadas
Documentación en caso de oposición a la consulta de datos
Si el alumnado se opone a que la Administración recabe electrónicamente su información, o si esta no puede ser consultada, deberá aportar:
- Identidad: Fotocopia autenticada del DNI o NIE.
- Certificación académica: Documento del centro educativo que acredite la matrícula, la realización de la formación, el número de jornadas (mínimo el 80%), la ubicación de la empresa y la distancia en kilómetros.
- Información económica: Certificado del IRPF del último ejercicio fiscal vencido de todos los miembros de la unidad de convivencia. Si no hay datos tributarios, se aportará una declaración responsable de renta y patrimonio.
- Residencia: Volante de empadronamiento colectivo con una antigüedad no superior a tres meses.
- Patrimonio: Documentación acreditativa si no es posible la verificación por bases de datos públicas
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